Documento legal · Plataforma Acency

Acuerdo de Independencia del Prestador de Servicios

(Especialistas — Prestadores Independientes)
Plataforma «Acency»
Versión: v1.1 Última actualización: 18 de agosto de 2026 Fecha de entrada en vigor: a la fecha de su publicación en la Aplicación
Aviso legal y alcance de este documento La calificación jurídica de la relación entre la Plataforma y el Prestador la determina la ley y, en su caso, la autoridad competente, y no únicamente este Acuerdo. Desde el 22 de junio de 2025 está vigente en México el Capítulo IX Bis de la Ley Federal del Trabajo, que regula el trabajo en plataformas digitales y puede atribuir una relación laboral a quienes prestan servicios que requieren presencia física y superan cierto umbral de ingreso. Este documento no constituye ni sustituye la asesoría jurídica profesional individualizada y se interpreta en armonía con los Términos y Condiciones y el Acuerdo General de Uso para Especialistas de Acency.

Declaraciones

I. Declara la Plataforma, por conducto de su Titular, que:

(a) El titular de la plataforma tecnológica identificada comercialmente como «Acency» (en lo sucesivo, la «Plataforma», «Acency» o el «Titular») es ACENCY MX, S.A.S., con Registro Federal de Contribuyentes AMX260629C59 y domicilio para oír y recibir notificaciones en Calle Higueras, Manzana 2, Colonia San Francisco Coacalco Sección Hacienda, Coacalco de Berriozábal, Estado de México, C.P. 55712.

(b) La Plataforma constituye un espacio digital de intermediación tecnológica que opera bajo la marca «Acency», incluyendo el dominio acency.app y los repositorios de documentación legal asociados, y que no presta directamente ninguno de los servicios publicados, ni actúa como empleador, contratista, agencia de colocación, representante legal o socio comercial de los especialistas registrados, salvo la calificación que en su caso imponga la ley conforme a la Cláusula 7.

(c) Cuenta con la capacidad técnica, operativa y legal para celebrar el presente Acuerdo y para operar la Plataforma en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos.

II. Declara el Prestador que:

(a) Es persona física, mayor de edad, con plena capacidad de ejercicio, que presta servicios profesionales o técnicos por cuenta y riesgo propios (en lo sucesivo, el «Prestador» o «Especialista»).

(b) La información que proporciona a la Plataforma —incluidos sus datos de identificación, perfil, servicios, precios, experiencia, disponibilidad, fotografías, certificaciones y descripciones— es veraz, lícita, completa y de su exclusiva responsabilidad.

(c) Cuenta, o se obliga a contar por su cuenta, con los conocimientos, capacitación, herramientas, permisos, licencias, registros y certificaciones que su profesión u oficio requiera.

(d) No se encuentra en supuesto de incapacidad, inhabilitación o impedimento legal alguno para prestar los servicios que oferta a través de la Plataforma.

Expuesto lo anterior, las partes se sujetan a las siguientes:

Cláusulas

1. Objeto del Acuerdo

El objeto de este Acuerdo es: (i) reconocer y documentar el carácter independiente del Prestador; (ii) precisar que el Prestador debe cumplir las leyes, permisos, licencias y certificaciones aplicables a su actividad; (iii) establecer que el Prestador es el único responsable de los servicios que presta frente al Cliente y frente a terceros; y (iv) delimitar la relación con la Plataforma como un servicio de intermediación tecnológica, sin perjuicio de la calificación que la ley imponga conforme a la Cláusula 7. Este Acuerdo es complementario del Acuerdo General de Uso para Especialistas y del Aviso de Privacidad de la Plataforma, y se interpreta de manera armónica con ellos.

2. Definiciones

Para los efectos de este Acuerdo, los términos siguientes tendrán el significado que se les atribuye:

3. Marco Jurídico Aplicable

Este Acuerdo se sujeta a la legislación de los Estados Unidos Mexicanos, en particular:

4. Naturaleza de la Relación y Reconocimiento de Independencia

El Prestador declara y reconoce que opera como profesional o prestador de servicios independiente, por cuenta y riesgo propios, y que no existe ánimo de las partes de constituir una relación de subordinación. Los perfiles, servicios, precios, experiencia, disponibilidad, fotografías, certificaciones y descripciones son proporcionados por el propio Prestador bajo su exclusiva responsabilidad. La Plataforma actúa como intermediario tecnológico que facilita el contacto entre el Prestador y los Clientes, sin sustituir al Prestador en la prestación del Servicio ni asumir la calidad, oportunidad o resultado de éste. Lo anterior se entiende sin perjuicio de la calificación que la ley imponga conforme a la Cláusula 7.

5. Ausencia de Elementos de Subordinación

Las partes reconocen que, por la mera operación de la Plataforma, no concurren los elementos característicos de una relación de subordinación, toda vez que la Plataforma:

La existencia de sistemas de búsqueda, posicionamiento, recomendaciones, reseñas, valoraciones o clasificación de perfiles tiene fines informativos y de experiencia de usuario, y no constituye, por sí misma, una relación de subordinación, dirección o supervisión laboral. Lo anterior se entiende sin perjuicio de lo dispuesto en las Cláusulas 7 y 10 y de la calificación que, en su caso, determine la autoridad competente conforme a la LFT.

6. Autonomía Operativa del Prestador

El Prestador conserva plena autonomía e independencia para determinar los Servicios que ofrece, su disponibilidad, los precios que establezca, las solicitudes que acepta o rechaza y la forma en que realiza su actividad profesional. De manera enunciativa:

La Plataforma no garantiza al Prestador un volumen de Servicios, una frecuencia de asignaciones ni un ingreso determinado.

Marca económica de autonomía. De los elementos anteriores, el más relevante para acreditar la independencia es que el Prestador fija libremente la contraprestación de sus Servicios: a diferencia de los modelos en que la plataforma impone la tarifa y el prestador solo la acepta, en Acency el precio lo determina el propio Prestador. Las partes reconocen que la libertad para conectarse, desconectarse, aceptar o rechazar solicitudes, aunque real y plenamente respetada, se encuentra contemplada por el artículo 291-E de la LFT y, por sí sola, no se invoca como fundamento determinante de la independencia; el sustento principal radica en que el Prestador controla su precio, asume el riesgo de su actividad y aporta su propia organización profesional.

7. Régimen de Plataformas Digitales (Capítulo IX Bis de la LFT)

Las partes reconocen expresamente que la calificación jurídica de su relación se determina conforme a la ley y no únicamente por las estipulaciones de este Acuerdo. Conforme al artículo 291-A de la LFT, el trabajo en plataformas digitales se define como una relación laboral subordinada consistente en el desempeño de actividades remuneradas que requieren la presencia física de la persona trabajadora, gestionadas a través de una plataforma digital mediante tecnologías de la información para ejercer el mando y la supervisión. La ley distingue dos categorías: (i) la persona trabajadora de plataforma digital, cuando su Ingreso Neto mensual es igual o mayor al Salario Mínimo Mensual; y (ii) el trabajador independiente, cuando no alcanza dicho umbral.

Implicación y compromiso de la Plataforma. Dado que los Servicios frecuentemente requieren la presencia física del Prestador en el domicilio del Cliente, el Prestador que supere el umbral de ingreso podrá ser considerado «persona trabajadora de plataforma digital», con los derechos y obligaciones que la LFT establece (entre ellos, salario por tarea o servicio, seguridad social obligatoria, aguinaldo, vacaciones, participación de utilidades cuando proceda, contrato escrito con los contenidos del artículo 291-B, transparencia algorítmica y mecanismos de apelación humana). En tal supuesto, dicho régimen prevalece sobre las estipulaciones de independencia de este Acuerdo, y la Plataforma se obliga a cumplirlo y a suscribir con el Prestador el contrato escrito que exige el artículo 291-B. La determinación corresponde a la ley y, en su caso, a la autoridad competente.

8. Evaluación Mensual del Umbral de Ingreso

La pertenencia a una u otra categoría no es permanente: conforme a las disposiciones aplicables, el Ingreso Neto se evalúa mes a mes. Si en un mes determinado el Prestador alcanza o supera el umbral, durante ese periodo se le considera persona trabajadora de plataforma digital, con las obligaciones y derechos correspondientes; si en otro mes no lo alcanza, se le considera trabajador independiente en ese periodo. Cuando el Prestador vuelve a reunir las condiciones, la ley lo entiende como el inicio de una nueva relación laboral, y no como su continuación.

9. Seguro de Riesgos de Trabajo (aun por debajo del umbral)

Las partes reconocen que, conforme al Capítulo IX Bis de la LFT, aun cuando el Prestador no alcance el umbral de ingreso y se le considere trabajador independiente, en todos los casos la Plataforma es responsable del aseguramiento en el régimen del seguro social cuando ocurra un Riesgo de Trabajo durante el tiempo efectivamente laborado, haciéndose extensivos los demás derechos del referido capítulo durante dicho tiempo, con excepción de las prerrogativas de seguridad social. La Plataforma se obliga a instrumentar dicho aseguramiento y a evaluar la contratación de seguros complementarios que amparen al Prestador durante la prestación del Servicio.

10. Transparencia Algorítmica y Mecanismo de Apelación Humana

Conforme al Capítulo IX Bis de la LFT, la Plataforma reconoce el derecho del Prestador a la transparencia algorítmica y a la revisión humana de las decisiones automatizadas que le afecten. En consecuencia, la Plataforma se obliga a:

  1. Informar, en términos claros y comprensibles, los parámetros principales que rigen los sistemas de posicionamiento, recomendación, asignación y clasificación de perfiles, así como su incidencia en las oportunidades de Servicio;
  2. Poner a disposición del Prestador un mecanismo de apelación humana mediante el cual pueda solicitar la revisión, por una persona y no únicamente por un sistema automatizado, de las decisiones que afecten su acceso a la Plataforma, en particular las advertencias, suspensiones, desactivaciones y bloqueos;
  3. Resolver las apelaciones en un plazo razonable y notificar su resultado al Prestador.

Las reglas que rigen estas decisiones serán objetivas, uniformes y previamente pactadas, evitando la discrecionalidad. La existencia de este mecanismo no constituye, por sí misma, dirección o supervisión laboral, sin perjuicio de la calificación que la ley imponga conforme a la Cláusula 7.

En particular, la asignación de solicitudes opera por mérito (desempeño acreditado por hechos verificables) y por cercanía al domicilio del Servicio, mediante una revelación escalonada en «olas» a los prestadores mejor posicionados dentro de una ventana breve, con un cupo de exploración reservado para prestadores nuevos. Este reparto se describe a nivel funcional y se aplica de forma objetiva y uniforme; no obliga al Prestador a aceptar solicitud alguna ni condiciona su libertad de conectarse o desconectarse cuando lo desee, por lo que no configura subordinación, dirección ni control de jornada. Los pesos y fórmulas exactas del reparto constituyen secreto comercial de la Plataforma.

11. Inexistencia de Exclusividad

El Prestador no está obligado a prestar sus Servicios de manera exclusiva a través de la Plataforma y puede ofrecer y prestar servicios por otros medios o plataformas, así como a clientes propios, salvo que la ley aplicable disponga otra cosa para su categoría. La Plataforma, por su parte, no se obliga a contratar al Prestador ni a abstenerse de incorporar a otros prestadores.

12. Cumplimiento de Leyes, Permisos, Licencias y Certificaciones

El Prestador es el único responsable de cumplir con la totalidad de las disposiciones legales, reglamentarias, sanitarias, de seguridad, fiscales y administrativas aplicables a su actividad, así como de contar, por su cuenta, con los permisos, licencias, registros, autorizaciones y certificaciones que su profesión u oficio requiera. La Plataforma no garantiza la calidad, disponibilidad, legalidad, seguridad, experiencia, licencias profesionales, certificaciones o resultados de los servicios ofrecidos por terceros. La verificación de identidad u otros procesos que la Plataforma realice no relevan al Prestador de obtener y mantener vigentes sus propias licencias y permisos, ni implican que la Plataforma asuma responsabilidad por su ausencia. El Prestador manifiesta que la información que publica sobre su experiencia y certificaciones es veraz.

13. Capacidad Legal y Veracidad

El Prestador declara, bajo protesta de decir verdad, que es mayor de 18 años y cuenta con plena capacidad de ejercicio para obligarse en los términos de este Acuerdo. La Plataforma podrá requerir, conforme a su proceso de verificación de identidad, documento oficial que acredite la identidad y la mayoría de edad del Prestador (entre otros, credencial para votar) y una imagen de contraste («selfie»). La falsedad u ocultamiento de información, o la suplantación de identidad, facultan a la Plataforma para suspender o cancelar la cuenta conforme a la Cláusula 31, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que correspondan.

14. Responsabilidad por los Servicios Prestados

El Prestador es el único responsable frente al Cliente y frente a terceros por los Servicios que oferta y ejecuta, así como por los daños y perjuicios que pudiera causar con motivo de su actividad. La relación de prestación del Servicio se entiende celebrada directamente entre el Prestador y el Cliente. El Prestador responde por los vicios o defectos de su trabajo y por las garantías que ofrezca conforme a la Cláusula 22. La Plataforma no asume responsabilidad solidaria ni subsidiaria por la ejecución del Servicio, sin perjuicio de su papel como facilitador de los mecanismos de garantía y de resolución de controversias y de las responsabilidades que la ley le imponga conforme a la Cláusula 7.

15. Responsabilidad Fiscal del Prestador

El Prestador es responsable del cumplimiento de sus obligaciones fiscales derivadas de los ingresos que obtenga por los Servicios, incluyendo su inscripción y situación ante el Registro Federal de Contribuyentes y la expedición de los comprobantes fiscales que correspondan. El registro del Prestador en la Plataforma requiere un RFC con formato válido y datos como razón social, régimen fiscal y código postal.

16. Retenciones Fiscales

En su carácter de plataforma tecnológica, y tratándose de Servicios prestados por personas físicas, la Plataforma efectuará las retenciones aplicables de Impuesto sobre la Renta (ISR) e Impuesto al Valor Agregado (IVA) sobre el subtotal de mano de obra del Prestador, conforme a la normativa fiscal vigente. Las tasas de retención varían en función de si el Prestador cuenta o no con RFC registrado en la Plataforma. La Plataforma enterará dichas retenciones a la autoridad fiscal a nombre del Prestador cuando corresponda, y conservará el registro respectivo. Dichas retenciones no modifican, por sí solas, la naturaleza de la relación, la cual se rige por lo dispuesto en la Cláusula 7.

17. Seguridad Social y Previsión

Tratándose del Prestador que tenga el carácter de trabajador independiente conforme a la Cláusula 7, éste será responsable de su propia seguridad social y previsión, sin perjuicio del aseguramiento por Riesgo de Trabajo a cargo de la Plataforma previsto en la Cláusula 9. Tratándose del Prestador que tenga el carácter de persona trabajadora de plataforma digital, la inscripción y el pago de las cuotas de seguridad social corresponden a la Plataforma en los términos de la LFT y de las Reglas Generales del IMSS publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 24 de junio de 2025.

18. Herramientas, Insumos, Gastos y Materiales

Salvo lo que la ley disponga para la categoría del Prestador, éste aporta por su cuenta las herramientas, equipo, transporte e insumos necesarios para prestar los Servicios. Los materiales que el Prestador adquiere para un Servicio tienen, frente al Cliente, naturaleza de reembolso de gastos (traslado o pass-through) y se gestionan mediante el flujo de materiales de la Plataforma, incluido el NIP de confirmación de pago. Las partes reconocen que dicho reembolso de materiales no constituye contraprestación por el Servicio ni genera comisión a favor de la Plataforma.

19. Personal y Auxiliares del Prestador

En caso de que el Prestador se auxilie de terceros para la prestación de los Servicios, dichas personas dependen exclusivamente del Prestador, quien será el único responsable de las obligaciones laborales, fiscales y de seguridad social que respecto de ellas se generen, manteniendo a la Plataforma en paz y a salvo. El acceso a la Plataforma y la cuenta del Prestador son personales e intransferibles.

20. Comisión por Intermediación

La Plataforma percibe una comisión por el uso de sus herramientas y por los servicios de intermediación tecnológica. La comisión de servicio asciende al 12.5% (doce punto cinco por ciento) calculado sobre el precio base del Prestador, más el Impuesto al Valor Agregado correspondiente (16%) calculado sobre dicha comisión. La comisión retribuye el servicio de intermediación y no constituye, por sí misma, salario, sin perjuicio de la calificación que la ley imponga conforme a la Cláusula 7. Las partes reconocen que el porcentaje de comisión efectivo puede reducirse conforme a los sistemas de incentivos y posicionamiento de la Plataforma, sin que ello altere la naturaleza independiente de la relación.

21. Pagos al Prestador y Transferencias

El Prestador recibe el pago de los Servicios por los métodos habilitados por la Plataforma. Tratándose de pagos con tarjeta, la Plataforma programa la transferencia del monto neto al Prestador conforme a los plazos operativos vigentes, tomando como fuente de verdad el registro fiscal del pedido y no el monto reportado por el Cliente. Cuando el Prestador cuente con una cuenta de cobro activa habilitada por el procesador de pagos, la transferencia se ejecuta de forma automática; en caso contrario, se canaliza a un flujo de pago manual supervisado. La Plataforma podrá retener total o parcialmente los pagos del Prestador para saldar adeudos derivados de comisiones de Servicios cobrados en efectivo o de penalizaciones, notificando dicha retención al Prestador.

22. Garantías a cargo del Prestador

Las garantías ofrecidas respecto del trabajo son responsabilidad del Prestador y su duración corresponde a los días que éste indique en su oferta, hasta un máximo de treinta (30) días. El Prestador se obliga a atender, sin costo adicional para el Cliente, las fallas cubiertas dentro del periodo de garantía, conforme a los mecanismos de la Plataforma. La Plataforma actúa como facilitador y, en su caso, mediador de los reclamos de garantía, sin que ello la convierta en garante del trabajo del Prestador.

23. Políticas de la Plataforma, Verificación y No Discriminación

Las reglas de conducta, los procesos de verificación de identidad, los mecanismos de reputación y las medidas de seguridad de la Plataforma tienen por finalidad la confianza, la seguridad y el correcto funcionamiento del mercado digital, así como el cumplimiento de la normatividad aplicable. Tales mecanismos no constituyen, por sí mismos, dirección o supervisión laboral, sin perjuicio de la calificación que la ley imponga conforme a la Cláusula 7. El Prestador se obliga a observar las políticas de la Plataforma, incluidas las relativas al uso del chat interno, a la prohibición de operar fuera de la Plataforma y a la veracidad de la información, en el entendido de que su incumplimiento puede dar lugar a las medidas previstas en la Cláusula 31.

La Plataforma se reserva el derecho de aprobar o rechazar solicitudes de registro y verificaciones de identidad conforme a criterios objetivos de calidad, seguridad y cumplimiento, y nunca con base en características protegidas por la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (entre otras, origen étnico, género, edad, religión, orientación sexual o discapacidad).

24. Confidencialidad

El Prestador se obliga a tratar como confidencial la información no pública a la que tenga acceso con motivo del uso de la Plataforma, incluida la información de los Clientes, y a utilizarla únicamente para la prestación de los Servicios. Esta obligación subsiste tras la terminación del Acuerdo.

25. Propiedad Intelectual

La titularidad de los derechos de propiedad intelectual e industrial sobre la Plataforma, su software, su marca comercial «Acency» y sus contenidos corresponde al Titular o a sus respectivos titulares, con independencia de que la marca se encuentre o no registrada ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI). Las partes reconocen que, a la fecha, la marca «Acency» se usa como marca comercial no registrada; en tanto no se obtenga el registro, no se empleará el símbolo de marca registrada. El Prestador conserva los derechos sobre el contenido propio que carga (por ejemplo, fotografías de sus trabajos) y otorga a la Plataforma la licencia prevista en la Cláusula 26.

26. Contenido del Prestador y Licencia

El Prestador conserva la titularidad del contenido que genera o carga en la Plataforma (fotografías, videos, reseñas y mensajes). Mediante este Acuerdo, el Prestador otorga a la Plataforma una licencia limitada, no exclusiva, mundial y libre de regalías para alojar, almacenar, reproducir, adaptar técnicamente y mostrar dicho contenido, con la finalidad de operar el Servicio, moderarlo y cumplir obligaciones legales. Esta licencia subsiste durante la vigencia del Acuerdo y por el tiempo necesario para cumplir obligaciones de conservación. La licencia no transfiere la propiedad del contenido a la Plataforma.

27. Uso de Inteligencia Artificial

La Plataforma pone a disposición del Prestador un asistente conversacional basado en inteligencia artificial con fines exclusivamente informativos sobre el funcionamiento de Acency. Dicho asistente se apoya en servicios de terceros, en particular en la interfaz de programación de Groq, Inc. (modelo de lenguaje de la familia Llama), sujeta a los términos de servicio de dicho proveedor. El asistente incorpora filtros contra inyección de instrucciones y límites de uso. El historial de conversación con el asistente se conserva de forma local en el dispositivo del Prestador por un máximo de veinticuatro (24) horas, tras lo cual se elimina; la Plataforma no conserva dicho historial en sus servidores. El asistente no sustituye asesoría profesional y la Plataforma no garantiza la exactitud de sus respuestas.

28. Protección de Datos Personales

El tratamiento de los datos personales del Prestador se rige por el Aviso de Privacidad de la Plataforma y por la LFPDPPP conforme a su reforma vigente en 2025, cuya autoridad reguladora corresponde a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (que sustituyó al INAI a partir del 21 de marzo de 2025). El Prestador podrá ejercer sus derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición (derechos ARCO) y la revocación del consentimiento a través de los medios señalados en la Cláusula 36. Para la prestación del Servicio, ciertos datos se comparten con el Cliente asignado; la Plataforma se apoya en encargados para el procesamiento de pagos y la infraestructura tecnológica, sin vender datos personales a terceros.

La Plataforma se obliga a: (i) habilitar un canal externo de solicitud de eliminación de cuenta accesible vía web, adicional al flujo disponible dentro de la aplicación, conforme a las políticas de las tiendas de aplicaciones; (ii) procesar las solicitudes de eliminación con un plazo de gracia de quince (15) días naturales, durante el cual la cuenta se desactiva y, transcurrido el plazo, se ejecuta la eliminación; y (iii) anonimizar de manera efectiva y uniforme los datos personales del Prestador, conservando únicamente las transacciones fiscales por obligación legal.

29. Indemnización a favor de la Plataforma

El Prestador se obliga a sacar en paz y a salvo e indemnizar a la Plataforma, a su Titular, representantes y empleados, frente a cualquier reclamación, demanda, daño, perjuicio, multa o gasto razonable (incluidos honorarios de abogados) que derive de: (i) la prestación de sus Servicios; (ii) el incumplimiento de las leyes, permisos, licencias o certificaciones aplicables a su actividad; (iii) el incumplimiento de sus obligaciones fiscales o de seguridad social que le correspondan conforme a su categoría; (iv) los daños causados a Clientes o terceros; o (v) las obligaciones respecto de su propio personal o auxiliares. Esta obligación se entiende sin perjuicio de las responsabilidades que la ley imponga directamente a la Plataforma.

30. Limitación de Responsabilidad de la Plataforma

En su carácter de intermediario tecnológico, y en la máxima medida permitida por la ley, la Plataforma no será responsable de los actos u omisiones del Prestador ni de los resultados de los Servicios. Esta cláusula no excluye ni limita las responsabilidades que, conforme a la LFT, a la Ley Federal de Protección al Consumidor u otra legislación de orden público, no puedan excluirse o limitarse, ni las obligaciones que la Plataforma asume directamente conforme a las Cláusulas 7, 9, 10 y 17.

31. Suspensión y Terminación

La Plataforma podrá suspender o cancelar el acceso del Prestador por incumplimiento de este Acuerdo, de las políticas de la Plataforma o de la ley, conforme a causales objetivas, uniformes y previamente pactadas, entre ellas: cancelaciones reiteradas, calificaciones por debajo del umbral previsto en las políticas, infracciones por operar fuera de la Plataforma, adeudos no regularizados, suplantación de identidad o fraude. Estas medidas tienen por objeto la calidad y la seguridad del mercado digital, se aplican sin discrecionalidad y quedan sujetas al mecanismo de apelación humana previsto en la Cláusula 10, así como a los derechos que la ley reconozca al Prestador conforme a su categoría. El Prestador puede solicitar la baja o eliminación de su cuenta conforme a la Cláusula 28. La terminación no libera a ninguna de las partes de las obligaciones devengadas con anterioridad, incluidas garantías en curso y responsabilidades frente a los Clientes.

32. Fuerza Mayor

Ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de sus obligaciones cuando éste obedezca a caso fortuito o fuerza mayor, entendidos como eventos ajenos a su control que no pudieron preverse o que, previstos, no pudieron evitarse. La parte afectada deberá informar a la otra tan pronto como sea posible y realizar esfuerzos razonables para mitigar los efectos.

33. No Agencia, No Representación, No Sociedad

Nada en este Acuerdo se interpretará como la constitución de una sociedad, asociación, mandato, agencia o representación entre la Plataforma y el Prestador. Ninguna parte podrá obligar a la otra frente a terceros ni actuar en su nombre, salvo autorización expresa y por escrito. Lo anterior, sin perjuicio de la calificación laboral que, en su caso, resulte aplicable conforme a la Cláusula 7.

34. Cesión, Divisibilidad y Renuncia

El Prestador no podrá ceder este Acuerdo ni su cuenta sin consentimiento previo y por escrito de la Plataforma; la Plataforma podrá ceder sus derechos y obligaciones en el marco de reorganizaciones corporativas, notificándolo. Si alguna disposición fuere declarada nula o inaplicable, las demás conservarán su validez. La falta o el retraso en el ejercicio de un derecho no constituye renuncia al mismo.

35. Modificaciones y Acuerdo Íntegro

La Plataforma podrá modificar este Acuerdo, identificando la versión vigente (actualmente «v1.1»). Cuando los cambios sean sustanciales, podrá requerir una nueva aceptación. Este Acuerdo, junto con el Acuerdo General de Uso para Especialistas y el Aviso de Privacidad, constituye el acuerdo íntegro entre las partes respecto de su objeto, sin perjuicio de los derechos irrenunciables del Prestador conforme a la ley.

ADVERTENCIA: Los documentos complementarios enlazados desde la aplicación (Términos y Condiciones, Acuerdo de Especialistas y Licencias de Software) deben encontrarse completos y vigentes antes de su publicación; ningún documento vinculado debe permanecer como marcador vacío al momento de recabar la aceptación del Prestador.

36. Notificaciones y Contacto

Las comunicaciones entre las partes podrán realizarse por medios electrónicos a través de la Plataforma, con plena validez legal. Para asuntos generales y legales, el correo de contacto es acencyservicios@gmail.com; para soporte, quejas formales y ejercicio de derechos, el correo es acency.soporte@gmail.com. El plazo de respuesta es de uno (1) a cinco (5) días hábiles, según la complejidad del asunto. Para propuestas de inversión o alianzas estratégicas: acency.investors@gmail.com (incluir número telefónico). Domicilio del Titular para oír y recibir notificaciones: Calle Higueras, Manzana 2, Colonia San Francisco Coacalco Sección Hacienda, Coacalco de Berriozábal, Estado de México, C.P. 55712; teléfono de atención: +52 55 2244 3381.

37. Aceptación Electrónica y Consentimiento

El Prestador manifiesta su consentimiento a este Acuerdo por medios electrónicos. La Plataforma registra y conserva, como constancia de la aceptación, la versión del Acuerdo aceptada y la fecha correspondiente, así como el identificador del usuario. Las partes reconocen la validez de la manifestación de la voluntad por medios electrónicos en términos del Código de Comercio y de la legislación aplicable. Esta aceptación no constituye renuncia a derecho irrenunciable alguno del Prestador.

38. Legislación Aplicable, Jurisdicción y Resolución de Controversias

Este Acuerdo se rige por las leyes de los Estados Unidos Mexicanos. Las controversias relativas a la operación del Servicio (cancelaciones, materiales, garantías y disputas) se atienden, en primera instancia, mediante los mecanismos internos de la Plataforma. Las controversias de naturaleza civil o mercantil se someterán a los tribunales competentes; las controversias de naturaleza laboral que, en su caso, deriven de la aplicación del Capítulo IX Bis de la LFT, se sustanciarán ante las autoridades laborales competentes, conforme a la ley. Lo anterior se entiende sin perjuicio del derecho de las partes de acudir a las autoridades competentes y de los derechos irrenunciables del Prestador.

39. Disposiciones Interpretativas

  1. Idioma. El presente Acuerdo se celebra en idioma español, que prevalecerá sobre cualquier traducción.
  2. Encabezados. Los títulos de las cláusulas son de referencia y no afectan la interpretación de su contenido.
  3. Supervivencia. Las disposiciones que por su naturaleza deban subsistir tras la terminación —en particular las relativas a confidencialidad, propiedad intelectual, indemnización, limitación de responsabilidad, protección de datos y resolución de controversias— continuarán vigentes.
  4. Integración. Lo no previsto se interpretará conforme a la legislación aplicable señalada en la Cláusula 3.

40. Fecha de Entrada en Vigor

La fecha de entrada en vigor de este Acuerdo es la de su publicación en la Aplicación. El Prestador manifiesta, de buena fe, que la información sobre su autonomía e independencia contenida en este Acuerdo es veraz y refleja la forma en que desarrolla su actividad. La aceptación se realiza por medios electrónicos y el sistema registra la versión del Acuerdo (v1.1) y la fecha correspondiente. Historial: v1.0 — 12 de agosto de 2026 (versión inicial) y v1.1 — 18 de agosto de 2026. Sin cambios de fondo: re-sellado por la actualización del corpus legal, que en esta versión precisa el régimen de la visita de garantía.

LA PLATAFORMA
ACENCY MX, S.A.S.
(Titular de «Acency»)
RFC: AMX260629C59
EL PRESTADOR
Nombre: ____________________
Aceptación electrónica registrada
Versión v1.1 · Fecha: __________
Acuerdo de Independencia del Prestador · v1.1 · Plataforma Acency